El pasado 31 de agosto el Gobierno aprobó el Real Decreto Ley 11/2018 con objeto de transponer a nuestro ordenamiento jurídico interno tres directivas europeas que estaban pendientes de ser incorporadas a la legislación española.

La primera de ellas, la Directiva 2014/50/UE, busca reforzar la movilidad de los trabajadores entre Estados miembros de la UE mediante la mejora de la adquisición y mantenimiento de los derechos complementarios de pensión. En la transposición a la legislación española, se ha optado, sin embargo, por extender su aplicación a la movilidad nacional.

En concreto, este Real Decreto modifica la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones. El objetivo de esta norma es reducir los obstáculos a la movilidad de los trabajadores derivados de determinados requisitos para adquirir derechos en los sistemas complementarios de pensión para la jubilación establecidos en las empresas, en especial, requisitos de antigüedad y edad mínimas. Así como favorecer la consolidación de derechos económicos de los trabajadores en los sistemas de previsión complementaria y su mantenimiento en caso de cese de la relación laboral antes de la jubilación.

Se modifica también la Ley 10/2010 de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo con el fin de incorporar la Directiva (UE) 2015/849.

Así, se incorpora la obligación de aplicar medidas de diligencia debida reforzadas respecto de aquellos países que se relacionan en la lista que elabora al efecto la Comisión Europea, se endurece el régimen aplicable a las personas con responsabilidad pública, se reduce de 15.000 a 10.000 euros el umbral de cobros o pagos en efectivo para las personas físicas no residentes, se aumentan los límites sancionadores máximos, incorporando además nuevas normas en materia de publicidad y nuevos tipos infractores, se establece un sistema de comunicación o denuncia de infracciones de naturaleza anónima y se establece la obligación de registro de prestadores de servicios a sociedades y fideicomisos.

Por último, se incorpora la Directiva (UE) 2016/801, mediante la modificación de la Ley 14/2013, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, relativa a los requisitos de entrada y residencia de los nacionales de países terceros con fines de investigación, estudios, prácticas, voluntariado, programas de intercambio de alumnos o proyectos educativos y colocación au pair, cuyo objetivo, según el Consejo Europeo, es seguir siendo un destino atractivo para las personas con talento y capacidad.

Además de la transposición de las tres directivas mencionadas, este Real Decreto modifica la disposición final séptima de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, relativa a la entrada en vigor de la citada ley. Se pospone hasta el 2 de octubre de 2020 las previsiones relativas al registro electrónico de apoderamientos, registro electrónico, registro de empleados públicos habilitados, punto de acceso general electrónico de la Administración y archivo único electrónico.

Finalmente, se modifica la Ley 19/2003, de 4 de julio, sobre el régimen jurídico de los movimientos de capitales y de las transacciones económicas con el exterior, ampliando a un año el plazo máximo para resolver el procedimiento y notificar la resolución de los expedientes afectados por dicha Ley.

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