El Consell ha aprobado el Decreto-ley 1/2026, de 27 de febrero, que introduce cambios relevantes en las deducciones autonómicas del IRPF en la Comunitat Valenciana relacionadas con gastos sanitarios y la práctica de actividades deportivas y saludables.
La principal novedad es la ampliación de los límites de renta para poder aplicar estas deducciones, lo que permitirá que un número significativamente mayor de contribuyentes pueda beneficiarse de ellas.
Además, la reforma tiene efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2025, por lo que se aplicará ya en la declaración de la renta correspondiente al ejercicio 2025, cuya campaña se desarrollará en 2026.
Un cambio clave: aumento de los límites de renta
Hasta ahora, el acceso a estas deducciones estaba limitado a contribuyentes con niveles de renta relativamente bajos. Con la modificación normativa, se amplía notablemente el umbral de renta permitido.
Los nuevos límites quedan fijados en:
- 60.000 euros en tributación individual (antes 32.000 euros)
- 78.000 euros en tributación conjunta (antes 48.000 euros)
Este cambio busca extender el beneficio fiscal a una parte importante de las rentas medias, que hasta ahora quedaban excluidas pese a afrontar los mismos gastos sanitarios o relacionados con la práctica deportiva.
Deducción por gastos sanitarios: qué conceptos se incluyen
La deducción autonómica por gastos sanitarios permite aplicar beneficios fiscales por determinados gastos relacionados con la salud, siempre que se cumplan los requisitos establecidos.
Entre los gastos deducibles se incluyen, entre otros:
- Tratamientos vinculados a enfermedades crónicas complejas o enfermedades raras
- Atención a personas con daño cerebral adquirido o enfermedad de Alzheimer
- Tratamientos de salud mental
- Gastos de salud bucodental no estética
- Adquisición de lentes graduadas o lentillas
En varios de estos casos, la deducción permite aplicar el 30 % del gasto realizado, con determinados límites económicos establecidos en la normativa.
Deducción por práctica deportiva y actividades saludables
La normativa también regula la deducción por gastos asociados a la práctica deportiva, que tiene como objetivo fomentar hábitos de vida saludables.
Podrán deducirse, entre otros conceptos:
- Cuotas de gimnasios o clubes deportivos
- Servicios de entrenamiento personal
- Equipamiento obligatorio para deporte federado
- Determinados servicios profesionales vinculados a la práctica deportiva, como fisioterapia, nutrición o podología
Con carácter general, la deducción permite aplicar el 30 % del gasto con un límite de 150 euros, aunque existen porcentajes superiores para determinados colectivos, como personas mayores o con discapacidad.
Qué implica este cambio para los contribuyentes
La ampliación de los límites de renta tiene un efecto claro: muchos contribuyentes que hasta ahora no podían aplicar estas deducciones podrán hacerlo en su próxima declaración de la renta.
El objetivo de la medida es doble:
- Aliviar la carga fiscal de las rentas medias
- Incentivar el cuidado de la salud y la prevención mediante la práctica deportiva
Según la propia norma, la modificación pretende ampliar el alcance de estas deducciones a la gran mayoría de los contribuyentes de la Comunitat Valenciana.
Recomendación: revisar los gastos deducibles para la renta de 2025
Dado que la reforma tiene efectos retroactivos desde enero de 2025, es recomendable que los contribuyentes conserven las facturas y justificantes de los gastos sanitarios o deportivos realizados durante el año.
Estos documentos serán necesarios para poder aplicar correctamente la deducción en la próxima campaña de la renta.
Ante cualquier duda sobre la aplicación de estas deducciones o sobre su impacto en la planificación fiscal personal o familiar, contar con asesoramiento especializado puede resultar clave para aprovechar correctamente los beneficios fiscales disponibles.


