La Comunitat Valenciana continúa avanzando en la reducción de la tributación autonómica, en un proceso que ha experimentado importantes cambios desde 2023 y que se ha ido ampliando en los últimos ejercicios.

Tras la publicación el pasado 10 de agosto de la Ley 5/2026, de 31 de julio, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat, os facilitamos un breve resumen de las modificaciones de las cuatro figuras impositivas en la Comunidad Valenciana.

La reforma de 2026 debe analizarse, por tanto, como la continuación de un proceso iniciado anteriormente. En materia de Sucesiones y Donaciones, el principal punto de inflexión se produjo en 2023, cuando la Ley 6/2023 estableció una bonificación del 99% para determinadas adquisiciones realizadas por familiares de los grupos I y II.

En 2025 se volvió a modificar este régimen y se elevó el mínimo exento del Impuesto sobre el Patrimonio de 500.000 hasta 1.000.000 de euros. Ahora, la Ley 5/2026 vuelve a ampliar estos beneficios.

Las principales novedades son las siguientes:

1. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Con efectos desde el 1 de enero de 2026, se reducen los tipos marginales de la escala autonómica del IRPF, que pasan a situarse entre el 8,8% y el 29,35%. Dichas reducciones no solo son para los tramos más bajos, sino que se sitúan en los tramos superiores a 40.000  €.

La reducción afecta a los distintos tramos de la escala y supone una disminución de los tipos respecto de los aplicables anteriormente. Además, la norma prevé una nueva reducción para 2027, cuando los tipos se situarán entre el 8,7% y el 29,25%.

Para el ejercicio 2027 se produce una bajada del 0,10% para todos los tramos, respecto a los tipos fijados en 2026.

BASE LIQUIDABLETipo 2025Tipo 2026BAJADA 26-25Tipo 2026Tipo 2027BAJADA 27-26
9,00%8,80%0,20%8,80%8,70%0,10%
       12.000,00 €12,00%11,70%0,30%11,70%11,60%0,10%
       22.000,00 €15,00%14,60%0,40%14,60%14,50%0,10%
       32.000,00 €17,50%17,00%0,50%17,00%16,90%0,10%
       42.000,00 €20,00%19,40%0,60%19,40%19,30%0,10%
       52.000,00 €22,50%21,90%0,60%21,90%21,80%0,10%
       62.000,00 €25,00%24,40%0,60%24,40%24,30%0,10%
      72.000,00 €26,50%26,10%0,40%26,10%26,00%0,10%
     100.000,00 €27,50%27,35%0,15%27,35%27,25%0,10%
     150.000,00 €28,50%28,35%0,15%28,35%28,25%0,10%
      200.000,00€29,50%29,35%0,15%29,35%29,25%0,10%

2. Impuesto sobre el Patrimonio

Una de las medidas más relevantes de la reforma afecta al mínimo exento del Impuesto sobre el Patrimonio.

La Ley 5/2025 ya había elevado este mínimo de 500.000 a 1.000.000 de euros con efectos para el ejercicio 2025. La Ley 5/2026 da un nuevo paso y lo eleva hasta los 2.000.000 de euros.

Esta medida exime de tributar a la gran mayoría de los patrimonios medios y altos de la región, limitando el impuesto solo a las fortunas más elevadas y frenando la fuga de contribuyentes hacia otras autonomías.   

3. Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

En primer lugar, cabe recordar, que desde el 1 de junio de 2026, está en vigor la bonificación del 25% tanto en sucesiones como donaciones realizadas por familiares del grupo III, hermanos, tíos y sobrinos por consanguinidad. Esta bonificación se incrementará hasta el 50% a partir del 1 de junio de 2027, permitiendo reducir la tributación entre familiares del grupo III.

La Ley 5/2026 amplía el ámbito subjetivo de determinados beneficios fiscales aplicables a la transmisión de empresas, negocios profesionales, participaciones en entidades y empresas agrícolas, extendiéndolos a familiares directos y colaterales hasta el cuarto grado, en los supuestos previstos por la normativa. Esta ampliación refuerza los incentivos fiscales a la empresa familiar y favorece la planificación de transmisión generacional

En cuanto a las donaciones inter vivos, se amplían igualmente los incentivos fiscales vinculados a la transmisión de empresas, negocios profesionales y participaciones en entidades a familiares hasta cuarto grado, en los términos establecidos por la norma. Además, se simplifica la formalización de determinadas donaciones de reducida cuantía: las donaciones dinerarias o de vehículos de uso particular de hasta 4.000 euros podrán documentarse mediante documento privado con firma digital cualificada, como alternativa a la escritura pública.

4. Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados

Estas modificaciones introducen también cambios en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, entre ellos, un tipo reducido del 0,1% en determinados supuestos de la modalidad de Actos Jurídicos Documentados. En particular, este tipo se aplica a las primeras copias de escrituras públicas que documenten la adquisición de la vivienda habitual, así como a determinadas escrituras de constitución o modificación de garantías reales.

Una evolución progresiva de la fiscalidad valenciana

Las modificaciones introducidas en 2026 consolidan la evolución de la política fiscal de la Comunitat Valenciana hacia un modelo de menor tributación y mayor atractivo para familias, patrimonio y empresas. La reducción de la escala autonómica del IRPF, el incremento del mínimo exento en el Impuesto sobre el Patrimonio y la ampliación de los incentivos en Sucesiones y Donaciones, incluyendo a familiares directos y colaterales hasta cuarto grado, refuerzan esta tendencia.

En conjunto, estas medidas favorecen la planificación patrimonial, el relevo generacional y la continuidad de la empresa familiar, situando a la Comunitat Valenciana entre las autonomías con un marco fiscal más favorable en estos ámbitos.

Asimismo, en el plano doctrinal, la norma sigue expuesta al debate sobre la desigualdad de residencia entre autonomías y a posibles recursos de inconstitucionalidad, por lo que se deben aplicar estos nuevos beneficios con máxima prudencia y estricto cumplimiento formal.

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