La Ley 12/2022, de 30 de junio, de regulación para el impulso de los planes de pensiones de empleo, introdujo una serie de cambios significativos en el sistema de Seguridad Social. Esta ley modificó el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprobaba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS), incorporando una nueva disposición adicional cuadragésima séptima en la citada LGSS, sobre reducciones de cuotas de las contribuciones empresariales a los planes de empleo.

A partir del 1 de febrero de 2024 las empresas de la construcción estarán obligadas a realizar aportaciones mensuales al plan de pensiones del sector, que estará gestionado por VidaCaixa, la aseguradora de Caixabank. Para darse de alta, las empresas deberán acceder al portal de VidaCaixa y registrarse como usuarios a través de una plataforma específicamente creada para este propósito.

¿Cómo se aplica la reducción?

Las reducciones de cuotas se aplicarán por la Tesorería General de la Seguridad Social a instancia de la empresa, previa comunicación de la identificación de las personas trabajadoras, periodo de liquidación e importe de las contribuciones empresariales efectivamente realizadas. Para que la reducción de cuotas resulte de aplicación, estas comunicaciones se deberán presentar, de conformidad con lo establecido en el artículo 147.3, antes de solicitarse el cálculo de la liquidación de cuotas correspondiente.

Las empresas contarán con un plazo de tres meses, es decir, hasta el 30 de abril para realizar las contribuciones correspondientes a los ejercicios 2022, 2023 y enero de 2024. A partir de febrero 2024, las contribuciones tendrán un carácter mensual y se abonarán a mes vencido.

El plan de pensiones cubrirá las contingencias por jubilación, incapacidad permanente y fallecimiento. El fondo se podrá percibir también en caso de parados de larga duración.

La contribución al plan de pensiones deberá reflejarse en la nómina de los trabajadores como salario en especie. La empresa podrá deducir en la cuota íntegra del Impuesto de Sociedades un 10% de las aportaciones empresariales obligatorias de las personas trabajadoras con retribuciones brutas anuales inferiores a 27.000 €.

Las compañías pueden realizar una aportación máxima de 8.500 euros por trabajador, mientras que estos también pueden complementar esa cantidad con otros 1.500 euros. Dichas contribuciones no están sujetas a IRPF y los trabajadores no pueden optar por renunciar a sus aportaciones al plan para recibir el equivalente en salario.

Los trabajadores que, a 1 de febrero de 2024, reciban retribuciones anuales superiores al salario mínimo establecido por el convenio colectivo para su categoría profesional más el importe de las aportaciones al plan, no deberán realizar aportaciones.

Planes de pensiones sectoriales

Los planes de pensiones sectoriales son una iniciativa interesante que busca abordar las necesidades específicas de los trabajadores en determinadas industrias. En el caso del sector de la construcción, esta medida puede tener un impacto significativo en la seguridad financiera de los empleados.

Aspectos positivos:

  • Especialización: Al ser específicos para un sector, estos planes pueden adaptarse mejor a las características y riesgos propios de la construcción. Esto podría traducirse en una mayor eficiencia en la gestión de los fondos y una mayor protección para los trabajadores.
  • Obligatoriedad: La obligación de las empresas de realizar aportaciones mensuales garantiza que los trabajadores estén cubiertos. Esto es especialmente relevante en un sector como la construcción, donde la estabilidad laboral puede ser variable.
  • Beneficios fiscales: La posibilidad de deducir un porcentaje de las aportaciones empresariales en el Impuesto de Sociedades puede incentivar a las empresas a participar activamente en estos planes.

Desafíos:

  • Concienciación: Es fundamental que tanto las empresas como los trabajadores comprendan la importancia de estos planes y se adhieran a ellos. La falta de información podría ser un obstáculo.
  • Gestión adecuada: La correcta administración de los fondos es crucial. Las empresas deben asegurarse de que las aportaciones se realicen de manera puntual y que los trabajadores estén informados sobre su situación.
  • Equidad: Es importante que los planes sean equitativos y beneficien a todos los trabajadores por igual, independientemente de su antigüedad o posición en la empresa.

Los planes de pensiones sectoriales pueden ser una herramienta valiosa para garantizar la seguridad financiera de los trabajadores en la construcción. Sin embargo, su éxito dependerá de una implementación efectiva y una colaboración activa entre empresas, trabajadores y entidades gestoras.

Además del sector de la construcción, varios otros sectores están considerando o ya han implementado planes de pensiones sectoriales para sus empleados. Algunos de estos sectores incluyen:

  • Sector del metal: Pequeños talleres y empresas dentro del sector del metal están evaluando la posibilidad de aportar a planes de pensiones para sus trabajadores. Esto podría afectar a alrededor de 250.000 personas.
  • Agencias de viajes: Las agencias de viajes emplean a 60.000 personas y también están considerando la implementación de planes de pensiones sectoriales.
  • Corredurías de seguros: Este sector también está en la mira para establecer planes de pensiones obligatorios para sus empleados.

En resumen, la tendencia hacia los planes de pensiones sectoriales se está extendiendo a varios ámbitos laborales lo cual además aumenta la carga administrativa y de gestión de las empresas y profesionales. Estos planes buscan mejorar la seguridad financiera de los trabajadores y complementar las pensiones públicas en el futuro.

Merce Sánchez Rodríguez

Colaboradora Área Laboral de TOMARIAL

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