El Área Contencioso-Tributaria de Tomarial Abogados Economistas y Consultores se refuerza para dar respuesta a una necesidad creciente de las empresas. Porque año tras año aumentan las comprobaciones e inspecciones de la Administración tributaria “y hemos de atender más procedimientos en este departamento, que cuenta con un elevadísimo porcentaje de éxito”, como explica el socio responsable de Fiscal de Tomarial, Miguel Ángel Molina. Junto al director del Área de Procedimientos Tributarios, Rafael Donet, lidera una sección del despacho en auge por la multiplicación de contenciosos tributarios en España.

Reproducimos aquí la entrevista a ambos publicada por Valencia Plaza:

– ¿Por qué se refuerza el Área Contencioso-Tributaria?

– Desde su creación en 2017 el departamento de procedimientos tributarios de Tomarial no ha dejado de crecer, tanto en volumen de asuntos como en cifra de facturación. Es un servicio que reforzamos ahora con la incorporación de más profesionales especialistas porque hay una demanda por parte de nuestros clientes. Esto se debe, sin duda, al progresivo incremento de las actuaciones de control de la Administración tributaria: existe cada vez un mayor número de comprobaciones, inspecciones, liquidaciones y sanciones. Pero también hay otro factor: las decisiones correctivas de los tribunales de justicia en asuntos tales como la inconstitucionalidad de la plusvalía municipal, el régimen sancionador del modelo 720 relativo a la obligación de informar sobre bienes y derechos en el extranjero, la discriminación fiscal de los no residentes, exención en la prestación de maternidad, entradas en el domicilio del contribuyente y un largo etcétera. Hay sentencias que corrigen la actuación de la Agencia Tributaria y abren la puerta a la reclamación de los contribuyentes.

– ¿En qué porcentaje han aumentado los procedimientos de control de la Agencia Tributaria?

– Solo hace falta dar un vistazo al informe de resultados del ejercicio 2021 publicado por la Agencia Tributaria. Se puede comprobar que el año pasado se llevaron a cabo casi 1,8 millones de actuaciones internas de control de tributo, siendo la inmensa mayoría de ellas actuaciones de comprobación (1,7millones). En ambos casos suponen un crecimiento interanual del 10% respecto del 2020 y de un 9% respecto del 2019. Esto origina, inevitablemente, más liquidaciones y sanciones susceptibles de ser recurridas. Porque no olvidemos que un porcentaje importante de dichas actuaciones son anuladas posteriormente por los tribunales y esa es la clave de nuestra Área Contencioso-Tributaria: que tiene un porcentaje de éxito muy alto. En el caso de los actos dictados por las administraciones autonómicas, el porcentaje de anulación supera el 60% en la vía económico-administrativa; es decir, sin llegar a la vía judicial. En el supuesto de los actos dictados por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), estaríamos hablando de un porcentaje cercano al 30% en conjunto y de casi un 50% en el caso de los expedientes sancionadores.

– ¿Se puede hablar de procedimientos masivos?

– Si echamos la vista unos diez años atrás, se puede observar cómo las actuaciones de comprobación de la AEAT no tienen nada que ver con las actuales tanto en cantidad como en su contenido, consecuencia de los medios cada vez mayores de que dispone la AEAT para sus comprobaciones…. Solo en lo que respecta a comprobaciones de IVA, el incremento es de casi un 100%. No podemos olvidar que la Agencia Tributaria cuenta cada vez con mayores recursos humanos y con un potente sistema de información que le permite detectar puntos de riesgo y fraude que deban ser comprobados. Por ejemplo, la deducibilidad del IVA en la adquisición de bienes y servicios afectos a una actividad empresarial, ventas ocultas, grupos empresariales, operaciones vinculadas, operaciones transfronterizas, etcétera. De todas formas, también es destacable que un alto porcentaje de los contenciosos tributarios se ganan por defectos de forma en el procedimiento.

– ¿Es previsible que las inspecciones sigan aumentando?

– Sin duda. La situación actual de déficit público, la inflación desbocada y los compromisos adquiridos con Bruselas hacen presagiar más que un endurecimiento de las actuaciones de control. Porque esa es la vía que permite un incremento de la recaudación por las actuaciones de control y prevención del fraude. Basta con leer todos los años el plan anual de control tributario de la AEAT, donde siempre se destaca una “intensificación” en las actuaciones de control. Y tampoco podemos olvidar las últimas modificaciones legislativas, que permiten a la Agencia Tributaria comprobar un mayor número de operaciones sin tener que recurrir a la Inspección, por ejemplo en materia de reorganizaciones empresariales acogidas al régimen de neutralidad fiscal.

– ¿Qué aconsejan respecto a las derivaciones de responsabilidad?

– En la memoria interna de la AEAT se observa que prácticamente se han duplicado los procedimientos de derivación de responsabilidad en los últimos diez años, especialmente contra los administradores de sociedades que instan el concurso de acreedores. Todavía sigue existiendo cierto estigma en solicitar el concurso, por lo que en ocasiones se llega tarde, con una situación financiera y patrimonial muy delicada. Esto puede implicar que, en caso de no poder atenderse las obligaciones fiscales, la Agencia Tributaria derive la responsabilidad contra el administrador con la finalidad de cobrar la deuda. Lo recomendable es que, a la menor señal de insolvencia en las empresas, los administradores se asesoren y se anticipen para acogerse a la nueva legislación concursal y evitar males mayores: se ha de actuar antes para tener un mayor margen de maniobra. En general, recomendamos siempre a las empresas asesoramiento especializado y anticipación a los problemas. Tomarial, en su departamento legal, tiene un equipo de abogados especializado en estas materias que pueden acompañar a los clientes que atraviesen situaciones financieras que requieran adoptar medidas antes de llegar a situaciones que puedan resultar irreversibles.

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